Alguacil

Bienvenido a nuestra página de solicitud de permiso para portar armas ocultas, dedicada a brindarle un proceso de solicitud sencillo y eficiente. Aquí encontrará la información y los pasos necesarios para solicitar su permiso de porte de armas de fuego. La seguridad y la tenencia responsable de armas de fuego son esenciales. 

Estamos aquí para responder cualquier pregunta que pueda tener durante el proceso de solicitud en el software de terceros, operado por Permitium. Su seguridad es de suma importancia para nosotros y estamos comprometidos a facilitar una experiencia de solicitud fluida y transparente.

El campus de Loveland en 200 Peridot tiene un horario limitado. Visítenos. El sitio web de Permitium aquí para un calendario actualizado.


Toma de huellas dactilares para empleados de distribuidores de armas de fuego

  • A partir del 7 de julio de 1, los empleados de distribuidores de armas de fuego deben tomarse las huellas dactilares de acuerdo con CRS 18-12-407(3)(b).
  • LCSO no toma de huellas dactilares a los empleados distribuidores de armas de fuego.
  • Si usted es empleado de un comerciante de armas de fuego, visite uno de los Proveedores aprobados por el estado para la toma de huellas dactilares.

CHP: empleados actuales y anteriores de LCSO

  • Envíe un correo electrónico a la unidad de CHP (Sheriff-CHP@co.larimer.co.us) para obtener instrucciones sobre cómo solicitar su permiso.

Programa de armas de fuego ocultas para agentes del orden jubilados (HR-218) 

Una nota del ex sheriff Justin Smith sobre rTenencia responsable de armas:

Preguntas Frecuentes

  1. ¿Tengo que hacer una cita para enviar mi solicitud?

    Para un nuevo permiso eres requerido Para programar una cita para tomar huellas dactilares y una fotografía, la solicitud en línea lo guiará en el proceso de programar esa cita.

    Para renovar el permiso, usted no Necesita una cita, pero debe venir a tomarse una nueva foto después de completar su solicitud de renovación. Puede visitar nuestra oficina de Fort Collins o Loveland en cualquier momento durante el horario laboral habitual.

  2. Me acabo de mudar aquí fuera del estado, ¿puedo solicitar un permiso de inmediato?

    No. Debe cargar su licencia de conducir de CO o tarjeta de identificación cuando envíe su solicitud.

  3. Me acabo de mudar aquí; ¿Puedo usar mi permiso de otro estado mientras espero el permiso de Colorado?

    Sí, si correspondimos con ese estado y usted tiene una licencia de conducir de otro estado. Una vez que obtenga una licencia de conducir de Colorado, su permiso de otro estado ya no será recíproco.

  4. ¿Qué tipo de clase de entrenamiento con armas de fuego debo tomar?
    Una nueva legislación estatal ha cambiado este proceso, vigente a partir del 7 de julio de 1. Haga clic aquí para obtener más información sobre esos cambios.

    Se requiere una clase presencial impartida por un instructor "verificado", o consultar el paquete de solicitud para conocer otras formas de entrenamiento con armas de fuego que podamos aceptar.

    Capacitación basada en Internet donde no es suficiente el contacto directo con un instructor, armas de fuego o entorno físico.

    "Instructor verificado" significa un instructor de un curso de seguridad con armas de fuego, verificado como instructor de armas de fuego por un alguacil, de conformidad con la Sección 18-12-202.7.

  5. ¿A dónde voy para el entrenamiento con armas de fuego?
  6. ¿Qué pasa si necesito un permiso de emergencia?

    Si necesita un permiso de emergencia, llame a nuestra Unidad CHP al (970) 498-5157. Estas situaciones se manejan caso por caso y nuestra unidad lo guiará a través del proceso de solicitud.

  7. ¿Aceptan una tarjeta de seguridad Hunter para el entrenamiento con armas de fuego?

    No, ya no podemos aceptar una tarjeta de seguridad Hunter como prueba de entrenamiento con armas de fuego, según la HB24-1174.

  8. Ya he hecho mis huellas dactilares para CBI (maestro, agente de bienes raíces, etc.) ¿tengo que volver a hacerlas?

    Si. CBI requiere que se realice un nuevo conjunto de huellas digitales para todas las nuevas aplicaciones de CHP.

  9. ¿Mi permiso de otro estado es suficiente para el entrenamiento en armas de fuego?

    La nueva legislación estatal ha modificado este proceso, vigente desde el 7 de julio de 1. Haga clic aquí para obtener más información sobre estos cambios.

    No. Debe tomar una clase impartida por un instructor verificado de Colorado o consultar el paquete de solicitud para conocer otras formas de entrenamiento con armas de fuego que podamos aceptar.

  10. ¿Tengo que tomar otra clase de entrenamiento con armas de fuego cada vez que renuevo?

    La nueva legislación estatal ha modificado este proceso, vigente desde el 7 de julio de 1. Haga clic aquí para obtener más información sobre estos cambios.

    Sí. Todos los titulares de permisos que renueven deben tomar una clase de “actualización” impartida por un instructor verificado no más de 6 meses antes de presentar su solicitud.

  11. Mi permiso dice que es válido hasta el final del mandato del Sheriff, ¿sigue siendo válido?

    Los Estatutos Revisados ​​de Colorado que fueron revisados ​​en 2003 establecen que los permisos emitidos antes del 17 de mayo de 2003 expirarían el 30 de junio de 2007 en lugar del mandato actual del Sheriff. Los nuevos permisos expedidos después del 17 de mayo de 2003 ahora son válidos por un período de cinco años. A principios de 5 se envió una carta a los titulares de permisos que se vieron afectados por este cambio y se les informó que debían renovar su permiso antes del 2007 de junio de 30. Si no recibió este aviso, tenga en cuenta que su permiso ahora ha sido permanentemente caducado y deberá volver a solicitar un nuevo permiso.

  12. ¿Recibiré un aviso de renovación?

    Recibirá un recordatorio por correo electrónico aproximadamente tres meses antes de que expire su permiso. Si no tiene una dirección de correo electrónico registrada, recibirá un recordatorio de renovación por correo.

  13. ¿Cuánto tiempo tengo que esperar para obtener mi permiso?

    El tiempo de procesamiento puede ser de hasta 90 días, dependiendo de la cartera de solicitudes de CBI y la nuestra. Le informaremos sobre el tiempo de procesamiento actual al enviar su solicitud. Si tiene alguna pregunta sobre sus antecedentes, nos pondremos en contacto con usted por teléfono o correo electrónico. Le enviaremos su permiso por correo postal.

  14. Mi permiso expiró hace más de 6 hace meses, ¿puedo renovarlo?

    No. Solo tiene hasta 6 meses después del vencimiento para renovarlo, después de ese vencimiento permanente y debe solicitar un nuevo permiso.

  15. Obtuve mi permiso en el condado de Larimer y ahora me estoy mudando a otro condado, ¿cómo transfiero el permiso (o viceversa)?

    Los permisos no son transferibles de un condado a otro. Su permiso es válido en todo el estado. La ley exige que actualice su dirección con la agencia emisora ​​original para que puedan actualizar su información. A partir de 2014, debe renovar su permiso en el condado donde reside actualmente, donde tiene un negocio o propiedad.

  16. Obtuve mi permiso en el condado de Larimer pero ahora vivo en otro condado y mi permiso expirará dentro de 120 días (4 meses). ¿Qué debo hacer?

    Debe renovar su permiso en el condado donde reside actualmente, donde tiene un negocio o propiedad. Después de recibir su nuevo permiso, devuélvanos el permiso inválido del condado de Larimer.

  17. Obtuve mi permiso en otro condado, pero ahora vivo en el condado de Larimer y mi permiso vencerá dentro de 120 días (4 meses). ¿Qué debo hacer?

    Debe enviar una solicitud de renovación al condado de Larimer.

  18. ¿Tengo que enviar el formulario de cambio de dirección en persona?

    No. Enviará su cambio de dirección a través del sistema de solicitud en línea.

  19. ¿Cuánto tiempo tengo después de mudarme para enviar mi cambio de dirección?

    Debe notificarnos dentro de los días 30 o podría estar sujeto a un delito menor de clase 1.

  20. ¿En qué otros estados es válido mi permiso?

    Puede comprobar la reciprocidad de CO en Sitio web de CBI para obtener la información más actualizada sobre reciprocidad.

Permisos para armas ocultas

Si tiene preguntas específicas sobre permisos o solicitudes, comuníquese con...

Unidad de cogeneración LCSO
(970) 498-5157
sheriff-chp@co.larimer.co.us

 

Si tiene preguntas sobre problemas técnicos con el sitio de la aplicación, comuníquese con...

Mesa de ayuda de Permitium
ayuda@permitium.com