DTA

SELLANDO UN CASO

Puede pedirle a la corte que selle su registro de justicia penal si una de estas situaciones se aplica:

  1. Su caso ha sido completamente desestimado.
  2. Has sido absuelto.
  3. Ha completado con éxito un acuerdo de desvío de conformidad con la Sección 18-1.3-101 CRS
  4. Ha completado con éxito una sentencia y sentencia diferida en la Sección 18-1.3-102 CRS

El proceso a seguir en esa instancia es la presentación de la Petición para sellar arresto y antecedentes penales de conformidad con la Sección 24-72-702 CRS (https://www.courts.state.co.us/Self_Help/sealingrecords)

Este proceso no se aplica a los registros de menores para personas menores de 18 años. Los menores aún deberán seguir el proceso de eliminación como se describe en la Sección 19-1-306 CRS (https://www.courts.state.co.us/Self_Help/sealingrecords).

Puede pedirle al Tribunal que selle su registro de justicia penal de manera informal en audiencia pública en el momento de la desestimación del caso o si el veredicto de su caso es inocente. Si no se realiza una solicitud de sellado en audiencia pública, deberá completar el formulario JDF 477 Moción para sellar registros de justicia penal junto con el subtítulo solo en el formulario JDF 478 Orden de sellar registros de justicia penal. Puede presentar esta Moción y Orden en cualquier momento después del despido, la absolución o la finalización de una desviación o sentencia diferida. La moción y la orden deben presentarse ante el tribunal. Se requiere el pago de una tarifa de procesamiento de $ 65.00 cuando se realiza la Moción para sellar el registro y antes de que se ingrese la orden de sellar en el caso. Si cree que no puede pagarlo, puede solicitar una exención de la tarifa de presentación completando el formulario JDF 205 Moción para presentar sin pago y declaración jurada financiera justificativa y el cuadro de título solo del formulario JDF 206 Conclusión y orden relativa al pago de tarifas. El Tribunal tomará la determinación.   

(Todos los formularios se pueden ubicar en https://www.courts.state.co.us/Self_Help/sealingrecords). 

DESPIDO

Sellar un registro juvenil se conoce como Borrado.

El menor, un padre, un tutor o un tutor ad litem designado por el tribunal pueden presentar documentos para pedirle al tribunal que selle los registros de menores (NOTA: el tribunal, la libertad condicional y la libertad condicional también pueden iniciar un caso para sellar un registro de menores).

Usted PUEDEN presentar documentos para solicitar al Tribunal que selle su registro de menores:

  1. Inmediatamente si se lo encuentra no culpable, se desestima su caso o se completa con éxito un programa de desvío de menores, una adjudicación diferida o un ajuste de información.
  2. Un año después de que haya completado con éxito la libertad condicional o después de su contacto con la policía si no sucedió nada más después de ese contacto.
  3. Tres años después de su liberación incondicional del compromiso con el Departamento de Servicios Humanos o la fecha de su liberación incondicional de la supervisión de la libertad condicional.
  4. Cinco años después de la fecha en que finaliza la jurisdicción del Tribunal sobre usted o la fecha de su liberación incondicional de la libertad condicional o supervisión de libertad condicional, lo que ocurra más tarde, si se le considera un delincuente juvenil reincidente u obligatorio y si no ha violado a ningún otro criminal estatuto.
  5. En cualquier momento si fue condenado por prostitución, como se describe en la Sección 18-7-201, CRS; solicitar prostitución, como se describe en la Sección 18-7-202, CRS; mantener un lugar de prostitución, como se describe en la Sección 18-7-204, CRS; indecencia pública, como se describe en la Sección 18-7-301, CRS; solicitar prostitución infantil, como se describe en la Sección 18-7-402, CRS; o cualquier código u ordenanza municipal correspondiente, y si en la audiencia, el Tribunal determina que, en el momento en que cometió el delito, fue traficado por otra persona, como se describe en la Sección 18-3-503 o 18-3-504, CRS, con el propósito de realizar el delito, o fue forzado por otra persona, como se describe en la Sección 18-3-503, CRS, para realizar el delito.  

Usted CAN solicite al Tribunal que selle sus registros de menores si:

  1. Su delito tuvo que ver con el comportamiento sexual ilegal como se define en la Sección 16-22-102 (9), CRS;
  2. Se descubrió que usted era un delincuente juvenil agravado según lo definido en la Sección 19-2-516 (4), CRS;
  3. Se descubrió que usted era un delincuente juvenil violento según lo definido en la Sección 19-2-516 (3), CRS;
  4. Usted fue acusado por la presentación directa en el Tribunal de Distrito como un menor según la Sección 19-2-517, CRS, y recibió una sentencia de adulto.
  5. No pagó la restitución ordenada por el tribunal a una víctima.  

Solo puede pedirle al Tribunal que selle sus registros de menores una vez cada doce meses.  

Debe presentar la documentación para sellar sus registros con el Tribunal de Distrito o el Tribunal de Menores en el condado donde tuvo contacto con la policía o donde se escuchó su caso de menores.  

Para acceder a los formularios en línea, vaya al sitio web en (https://www.courts.state.co.us/Self_Help/sealingrecords). Puede completar un formulario en línea e imprimirlo o puede imprimir el formulario y completarlo de manera legible con tinta negra. Si solicita eliminar varios casos, debe presentar una petición por separado para cada caso. 

Después de recibir su documentación, se programará una audiencia. Durante la audiencia, es posible que le hagan preguntas sobre la solicitud de que se elimine su registro. En la fecha de la audiencia, el Tribunal otorgará o denegará la Petición de cancelación de antecedentes. Si el Tribunal concede la Petición, el Tribunal automáticamente "borrará / sellará" el caso penal o del menor y emitirá una Orden. Es su responsabilidad notificar a la Oficina de Investigaciones de Colorado y a las agencias enumeradas en la Orden, enviando a cada agencia una copia de la Orden firmada. El hecho de no notificar a las agencias puede resultar en el arresto del menor y en que no se sellen los antecedentes penales o municipales.