DTA

Corte Municipal

(970) 221-6800

El tribunal municipal (municipal) procesa las violaciones de las ordenanzas municipales cometidas dentro de los límites de la ciudad. En muchos casos, estas ordenanzas involucran tráfico, robo en tiendas y delitos como violaciones de la ley de correa para perros y disturbios. Las personas tienen derecho a un juicio con jurado en el Tribunal Municipal, en algunos casos, y pueden apelar una decisión ante un tribunal estatal. El Tribunal Municipal de Fort Collins está ubicado en el edificio de la ciudad de Fort Collins en 215 North Mason. Los otros tribunales municipales de la ciudad se encuentran dentro de sus respectivos edificios de la ciudad.

Radar de cámara y empleado de luz roja: (970) 221-6867

Tribunales del condado

(970) 494-3500

Cada condado en Colorado tiene una corte del condado con uno o más jueces del condado. Estos tribunales manejan casos de tráfico y delitos menores, así como pequeñas acciones civiles a $ 15,000 (monto a partir de 2001). En ciertos casos, los ciudadanos pueden tener un juicio con jurado si lo desean. Se puede presentar una apelación de una decisión del tribunal del condado ante el tribunal de distrito. El Tribunal del Condado está ubicado en el Centro de Justicia del Condado de Larimer y en Loveland en 810 East 10th Street, Loveland, CO 80537.

División de tráfico de Fort Collins: (970) 494-3500
División Criminal de Fort Collins: (970) 494-3500
Sucursal de Loveland: (970) 622-2100

Corte de Reclamos Menores

(970) 494-3500

La corte de reclamos menores es una división de la corte del condado. Las personas pueden argumentar sus propios casos y tomar decisiones rápidas sobre asuntos civiles que no involucren más de $ 7,500 (monto a partir de 2001). No hay juicios con jurado y los asuntos son escuchados por un magistrado. El tribunal de reclamos menores se encuentra en el Centro de Justicia del Condado de Larimer.

Ver también: Centro de ayuda judicial de Colorado: Tribunal de reclamos menores

Tribunal de Distrito

El estado de Colorado se divide en 22 distritos judiciales con uno o más jueces de distrito en cada distrito. El condado de Larimer está incluido en el octavo distrito judicial y tiene siete jueces de distrito y cuatro magistrados. Estos tribunales tienen la autoridad para manejar muchos tipos de casos, incluidos divorcios, demandas civiles, asuntos juveniles, sucesiones (sucesiones), salud mental y casos penales. Cualquier persona puede apelar una decisión del tribunal de distrito ante el Tribunal de Apelaciones de Colorado. Los tribunales de distrito están ubicados en el Centro de Justicia del Condado de Larimer.

Administración Judicial: (970) 494-3590
Registro de información del jurado: (970) 494-3555
Comisionado del Jurado: (970) 494-3555

Tribunal de menores: (970) 494-3710

Ver también: Centro de Ayuda Judicial de Colorado: Tribunal de Distrito

Corte juvenil

La División del Tribunal de Distrito Juvenil se encarga del enjuiciamiento de los infractores menores de 18 años que han sido acusados ​​de cometer un delito menor, un delito menor o un delito grave. Los menores que reciben infracciones de tránsito son escuchados en el Tribunal del Condado. Los casos de menores generalmente se procesan en un tribunal de magistrados del tribunal de distrito en Fort Collins; sin embargo, cualquier juez de la corte de distrito también tiene la autoridad para manejar un caso de menores. Si un menor ha cometido un delito violento y tiene al menos 14 años de edad, el niño puede ser acusado como adulto. La división también supervisa un programa de diversión juvenil que trabaja con muchos delincuentes juveniles por primera vez. El programa de desvío utiliza servicios educativos, comunitarios y familiares para desviar a los delincuentes juveniles del sistema de justicia penal. 

Secretario de los Tribunales 4B: (970) 494-3710

Fiscalía de Distrito, Unidad Juvenil: (970) 498-7220 

Para más información haga clic aquí: https://www.larimer.gov/da/juvenile

Departamento de Libertad Condicional

(970) 494-3900

El Departamento de Libertad Condicional proporciona una forma alternativa de sentencia para alguien condenado por un delito. Las personas apropiadas pueden ser colocadas bajo la supervisión de un oficial de libertad condicional, en lugar de ir a la cárcel o prisión. El departamento de libertad condicional está ubicado en 1600 Prospect Park Way, Suite 109, Fort Collins, CO 80525 y 2555 Midpoint Drive, Suite B en Fort Collins, y en el edificio de la policía y tribunales de Loveland en 810 East 10th Street en Loveland.

Departamento de Libertad Condicional de Loveland: (970) 622-2150

Ver también: Servicios de libertad condicional de Colorado

Correcciones comunitarias

Community Corrections ofrece opciones locales positivas para delincuentes no violentos adultos y juveniles. Los servicios para adultos incluyen una instalación residencial de 63 camas, supervisión no residencial, evaluaciones de sentencias y supervisión de fianza previa al juicio. Los servicios para jóvenes incluyen la detección de la cárcel juvenil, la programación de servicios comunitarios y la mediación de víctimas y delincuentes.

Servicios / Administración para adultos: (970) 498-7530 
Oficina de Servicios Juveniles: (970) 498-7470

Defensor público

(970) 493-1212

El Defensor Público es un abogado empleado por el gobierno del Estado para representar a una persona acusada de un delito que no puede permitirse contratar a un abogado privado. El Defensor Público no representa a personas en ningún asunto civil. La Oficina del Defensor Público está ubicada en el # 1 Old Town Square, Suite 200, en Fort Collins.

Fiscal del condado de Larimer

(970) 498-7450

La Oficina del Fiscal del Condado brinda servicios legales y asesoría a la Junta de Comisionados del Condado y sus divisiones y departamentos, y, cuando corresponde, inicia y representa al condado en litigios. La oficina del Fiscal del Condado también maneja compromisos involuntarios con el hospital estatal. 

Abogados de la ciudad

Los abogados de la ciudad asesoran al ayuntamiento y a los empleados de la ciudad en asuntos relacionados con sus poderes y deberes oficiales. Representan a la ciudad en todos los procedimientos legales, y también procesan todas las violaciones del código de la ciudad y las ordenanzas en los tribunales municipales. Los abogados de la ciudad también pueden emitir opiniones consultivas sobre la interpretación del código y las ordenanzas de la ciudad. No brindan asesoramiento legal privado sobre cómo las disposiciones del código afectan los derechos y responsabilidades legales de los ciudadanos individuales. 

El fiscal de distrito

La Oficina del Fiscal de Distrito representa al pueblo del estado de Colorado al actuar como fiscal en casos penales. La Oficina del Fiscal de Distrito no puede manejar asuntos civiles, excepto por una representación limitada de los funcionarios públicos del condado. La Oficina del Fiscal de Distrito no puede brindar asesoramiento legal privado sobre cómo las disposiciones de los estatutos estatales afectan los derechos y responsabilidades legales de los ciudadanos individuales.

Fort Collins Main: (970) 498-7200
Loveland Main: (970) 619-4410

Fondo de Compensación de Víctimas

(970) 498-7285

Este fondo consiste en dinero provisto a través de honorarios recaudados contra personas condenadas por delitos graves, delitos menores y ciertos delitos de tráfico. Las personas víctimas de delitos en el Condado de Larimer pueden solicitar al Fondo de Compensación de Víctimas que paguen ciertos costos asociados con el delito cometido contra ellos. Los costos compensables incluyen gastos médicos, funerarios y de asesoramiento, así como puertas, cerraduras y ventanas residenciales si se dañan o destruyen durante un delito. El Fondo de Compensación para Víctimas es administrado por una Junta de Directores nombrada por el Fiscal de Distrito.

Preguntas Frecuentes

  1. Un delito grave es un delito penal que se castiga con una sentencia que llega hasta el Departamento de Correcciones de Colorado inclusive. Un delito menor es un delito penal que se castiga con una sentencia a una multa, supervisión de libertad condicional, la cárcel del condado o una combinación de ambos.  

  2. El Tribunal de Distrito maneja todos los casos penales que incluyen un cargo de delito grave y todos los casos penales en los que la persona acusada es un menor de 18 años. El Tribunal del Condado maneja todos los casos penales que involucran delitos menores, infracciones de tránsito e infracciones de tránsito.

  3. Puede llamar a su oficina al (970) 493-1212 y presionar 0 para pedir ayuda o puede ir a su oficina en # 1 Old Town Square, Suite 201, Fort Collins, CO 80524 y completar una solicitud.

  4. Debe comunicarse con el Tribunal lo antes posible para evitar la posibilidad de que se emita una orden de arresto. Si tiene un fiador, también debe comunicarse con él y avisarle que se perdió la fecha de la corte.  

  5. Si está representado por un abogado, el Fiscal de Distrito Adjunto no puede hablar éticamente con usted sobre su caso sin que su abogado esté presente.  

  6. Debe hablar con nuestro coordinador de testigos al (970) 498-7285.  

  7. Por ley, la Oficina del Fiscal de Distrito es responsable de enjuiciar los delitos que han sido acusados ​​luego de una investigación por parte de una agencia de aplicación de la ley, como la policía o la oficina del alguacil. Para denunciar un delito, debe comunicarse con la policía local o la oficina del alguacil.

  8. Esta es una comparecencia ante el tribunal donde el acusado, después de ser informado de sus derechos, toma la decisión de declararse culpable y evitar un juicio o declararse inocente y solicitar un juicio por los cargos.

  9. Una audiencia preliminar es una audiencia ante un juez para determinar si es más probable que no que el acusado haya cometido los delitos graves por los que se ha acusado al acusado. Si el juez determina que existe una causa probable, entonces el acusado será juzgado. Si el juez no determina que existe una causa probable, se desestiman los cargos por delitos graves.

  10. Los estatutos de Colorado autorizan a una persona a declararse culpable de un delito pero a posponer la sentencia por ese delito por un período de tiempo que no exceda los dos años en un delito menor o cuatro años en un delito mayor. Durante este período de aplazamiento, el acusado debe cumplir con la ley, pagar la restitución y los costos judiciales, y completar cualquier condición establecida por el tribunal, como tratamiento por drogas / alcohol, tratamiento por violencia doméstica, tratamiento de salud mental y trabajo útil de servicio público. Al final del período de aplazamiento, si el acusado ha cumplido plenamente con las condiciones de su sentencia diferida, el acusado puede retirar su declaración de culpabilidad y se desestima el cargo. Sin embargo, si el acusado no cumple plenamente con las condiciones de su sentencia diferida, el Tribunal sentenciará al acusado sobre su declaración de culpabilidad previamente declarada.  

  11. Si tiene alguna inquietud sobre cómo se está desarrollando su caso, puede enviar un correo electrónico a nuestra oficina a 8thdist-da@co.larimer.co.us. Si está representado por un abogado, tenemos prohibido discutir su caso con usted. Deberá abordar estas inquietudes con su abogado.  

  12. Hay cuatro tribunales especializados en el condado de Larimer: Tribunal de adultos, Tribunal de bienestar, Tribunal de recuperación de DUI y Tribunal de recuperación de menores. Cada tribunal de especialidades es una alternativa al proceso de justicia penal regular para infractores de alto riesgo. Los tribunales de especialidad se enfocan en reducir la reincidencia a través de esfuerzos de colaboración con los proveedores de servicios comunitarios, proporcionando así la seguridad pública con alternativas rentables al encarcelamiento.   

  13. Comuníquese con la Oficina del Sheriff del Condado de Larimer al (970) 498-5100.  

  14. Una moción y orden con su solicitud debe presentarse ante el tribunal.  

  15. Si el caso todavía es un caso activo y / o los casos de los coacusados ​​siguen activos, no se entregará ninguna propiedad / evidencia hasta que el caso haya concluido. Si el caso está cerrado, deberá comunicarse con la agencia de aplicación de la ley que investigó el caso para programar una cita para recoger su propiedad / evidencia.  

  16. Si usted es elegible para sellar su caso depende del tipo de caso y de la resolución de su caso particular. Si desea investigar su elegibilidad para sellar su caso, puede consultar los Estatutos Revisados ​​de Colorado 24-72-701 a 24-72-709. También puede consultar a un abogado sobre este tema o comunicarse con el sitio web y el centro de autoayuda de la corte al 970-494-3500.  

  17. Tendrá la oportunidad de hablar con un fiscal de distrito adjunto en su fecha de audiencia, después de que la corte le haya informado de sus derechos. Todas las comparecencias en la corte 1A son obligatorias. Si ha contratado a un abogado, el fiscal adjunto del distrito no puede hablar con usted sobre su caso a menos que su abogado esté presente.  

  18. Un boleto enviado por correo se denomina "Boleto de evaluación de multas". La mayoría de las multas de imposición de sanciones son por infracciones clasificadas como infracciones de tránsito. Por ley, el Fiscal de Distrito no es el fiscal de las infracciones de tránsito y, por lo tanto, no tiene la oportunidad de hablar con un fiscal del distrito sobre estas multas. Si han pasado los 20 días, debe comparecer en la audiencia de la corte y un fiscal de distrito adjunto estará disponible para revisar su caso en ese momento.  

  19. Si. La ley de Colorado requiere que cualquier menor de 18 años informe a su padre o tutor legal sobre la multa y el requisito de comparecer ante el tribunal. También se requiere que el padre o tutor legal comparezca ante el tribunal con su hijo menor.

  20. Las multas por radar fotográfico y semáforo en rojo son manejadas por el Tribunal Municipal de Fort Collins y la Oficina del Fiscal de la Ciudad de Fort Collins. El tribunal municipal de Fort Collins está ubicado en 215 North Mason, Fort Collins, CO, y puede comunicarse con él llamando al (970) 221-6800.

  21. Todas las comparecencias en la corte 1A son obligatorias. Tiene la opción de contratar a un abogado para que lo represente en su comparecencia ante el tribunal; sin embargo, si ya se ha emitido una orden de detención, debe depositar una fianza para recibir una nueva fecha de audiencia.    

  22. Consulte la página web de Central Services & Discovery para obtener más información.

  23. La única persona que puede comparecer en su nombre es un abogado con licencia en el estado de Colorado. Incluso si lo representa un abogado, generalmente se requiere su comparecencia ante el tribunal, a menos que el tribunal haya excusado su comparecencia personal.  

  24. Para solicitar que se elimine una orden de no contacto, debe completar la documentación correspondiente con el Tribunal. Completar la moción para levantar la orden de no contacto no garantiza que la Corte la levante. Comuníquese con los tribunales al 970-494-3500 para obtener más información.  

  25. Solo el tribunal puede cambiar la fecha de su audiencia. Puede comunicarse con el Secretario de los Tribunales al (970) 494-3500 o presentar una Moción para continuar con los Tribunales en formato de carta que incluya el nombre y número de su caso.

  26. Comuníquese con nuestra oficina y proporcione el nombre del acusado, la fecha de nacimiento, el número de caso y el condado donde falleció el acusado. Incluya su información de contacto.

  27. Si tuvo un abogado en su caso, debe comunicarse con su abogado para que lo ayude con un posible cambio de sentencia. Si no tuvo un abogado, puede presentar una moción por escrito ante el Tribunal solicitando una modificación a su sentencia.  

  28. Una vez que se ha presentado una moción ante el tribunal, el juez determinará si emitirá o no una orden judicial o una citación para comparecer ante el tribunal. Debería recibir una copia de la orden judicial por correo. Si tiene preguntas sobre la Orden o aún no la ha recibido, debe comunicarse con los Tribunales al (970) 494-3500. Si cree que ha cumplido con todos los términos y condiciones de su sentencia, traiga pruebas a su próxima cita en la corte.  

  29. Comuníquese con su agencia local de cumplimiento de la ley para obtener asistencia según lo indicado por CRS 16-5-103 (3).  

  30. Si su caso es Conducir bajo suspensión, Conducir bajo restricción o Conducir sin una licencia válida, y tiene un OJW por no comparecer en la fecha de su audiencia, puede solicitar una liberación anticipada del OJW en nuestra oficina. Todos los demás casos que no encajan en las categorías anteriores deben esperar al cierre del caso antes de que se pueda liberar el OJW.  

    .
  31. La Declaración Jurada y el Formulario de Sentencia Diferida se pueden imprimir y completar. El original debe ser presentado al Secretario de los Tribunales Combinados y una copia enviada a nuestra oficina. Encontrará ambas direcciones en la Declaración jurada.  
    Descargar: 

  32. Si. Si el menor está siendo acusado de un delito grave, el oficial llevará los informes a la Oficina del Fiscal de Distrito para su revisión y el Fiscal de Distrito Adjunto decidirá qué cargos son apropiados. Luego se envía una carta al menor y a los padres con la notificación de la fecha de la corte. Si el cargo es un delito menor, el oficial le escribirá al menor una citación (multa) firmada por el menor y un padre o tutor y la fecha de la corte estará en ese documento.

  33. Si. Sin embargo, si el menor está bajo custodia y el oficial quiere hacerle preguntas sobre su participación en un crimen, un padre debe estar presente.

  34. Si hay más de un acusado acusado de un delito, el Tribunal puede ordenar a todos los participantes que paguen el monto total de la restitución. Una vez que el Tribunal haya recibido el monto total, ya no aceptarán pagos. Esto asegura que si un acusado no paga, la víctima aún recibirá el reembolso total.

  35. No existe un proceso formal de emancipación en Colorado. Para ser emancipado, el menor debe tener al menos 16 años de edad y ser independiente en asuntos de cuidado, custodia e ingresos, o estar casado o ser militar. Si esto se puede demostrar claramente, un menor puede considerarse emancipado.   

  36. No. Todo lo que esté en su registro permanecerá allí a menos que sea elegible para la eliminación y pase por el proceso formal de eliminación. Consulte la página web Sellos / Eliminaciones.  

  37. Un menor acusado de un delito, o su padre o tutor, tiene derecho a todos los informes policiales relacionados con ese caso. Las víctimas pueden tener acceso limitado sujeto a la discreción del Fiscal de Distrito Adjunto. Los informes policiales que involucran a menores no están disponibles para el público en general.  

  38. El Tribunal de Recuperación es una alternativa al expediente regular en los tribunales de adultos y de menores. Los delincuentes que han cometido delitos no violentos relacionados con el abuso de drogas y problemas de adicción son elegibles para este programa. El Tribunal de Recuperación utiliza la participación enfocada del Tribunal, la libertad condicional, los proveedores de tratamiento y otros involucrados en el sistema de justicia penal para aumentar la supervisión directa de los infractores, coordinar los recursos públicos y acelerar el procesamiento del caso. A través del Tribunal de Recuperación, los infractores reciben las herramientas y el apoyo para realizar cambios positivos en sus vidas y romper el ciclo del consumo de alcohol y drogas, el comportamiento delictivo y el encarcelamiento.  

  39. Puede seguir las instrucciones adjuntas y completar la Declaración jurada de seguro dos semanas antes de la fecha de su corte.  

    Descargue el formulario de declaración jurada de seguro para imprimir