Acerca de los Servicios para Veteranos del Desarrollo Económico y de la Fuerza Laboral del Condado de Larimer

El Departamento de Trabajo de EE. UU. Y el Desarrollo Económico y de la Fuerza Laboral del Condado de Larimer ponen gran énfasis en el servicio a los veteranos, especialmente a los veteranos recientemente separados, y a aquellos con una discapacidad relacionada con el servicio o alguna otra barrera para el empleo. Sabemos que no siempre es fácil encontrar trabajo después del servicio militar. El Departamento de Desarrollo Económico y Laboral del Condado de Larimer trabaja con usted para encontrar un trabajo después del servicio militar. El Departamento de Desarrollo Económico y de la Fuerza Laboral del Condado de Larimer trabaja con usted para utilizar, promover y expandir su ética de trabajo de capacitación y conjuntos de habilidades para ayudarlo a desarrollar una gran carrera y encontrar un trabajo gratificante.

Quien es un veterano elegible?

Según los requisitos de la Ley de Seguridad del Empleo, un veterano elegible:

  1. Sirvió en servicio activo por un período de más de 180 días y fue dado de alta o liberado con una descarga que no sea deshonrosa.
  2. Fue dado de baja o liberado del servicio activo debido a una discapacidad relacionada con el servicio, independientemente de la duración del servicio.
  3. Fue miembro de un componente de reserva bajo una orden de servicio activo de conformidad con la sección 12301 (a), (d) o (g), 12302 o 12304 del Título 10, cumplió servicio activo durante un período de guerra o en una campaña expedición para la cual se autorizó una insignia de campaña y se le descargó o liberó de dicho deber. unidades de la Guardia Nacional se incluyen en esta categoría, sólo si una insignia de campaña fue autorizado.

¿Quién es una persona elegible?

Una persona elegible es elegible para los servicios de Desarrollo Económico y de la Fuerza Laboral para Veteranos en base a los siguientes criterios:

  1. El cónyuge de cualquier persona que falleció por una discapacidad relacionada con el servicio,
  2. El cónyuge de cualquier miembro de las Fuerzas Armadas en servicio activo que, en el momento de la solicitud de asistencia bajo este capítulo [USCS § § 4101 et seq.], Figura en la lista de conformidad con la sección 556 del título 37 y los reglamentos emitidos en virtud del mismo, por el Secretario en cuestión en una o más de las categorías ha sido incluido por un total de noventa días: (i) desaparecido en acción, (ii) capturado en el cumplimiento del deber por una fuerza hostil o, (iii) detenido por la fuerza o internado en el cumplimiento del deber por un gobierno o poder extranjero O
  3. Exista el cónyuge de cualquier persona que tenga una discapacidad total de naturaleza permanente resultante de una discapacidad relacionada con el servicio así evaluada.

¿Cuál es Veteranos Prioridad de Servicio?

Las leyes y regulaciones federales requieren que todos los programas de fuerza laboral financiados por el Departamento de Trabajo brinden prioridad de servicio a:

  1. Veteranos que sirvieron en el servicio militar, naval o aéreo activo y que fueron dados de baja en condiciones que no eran deshonrosas; y,
  2. Cónyuges elegibles de aquellos Veteranos que tienen discapacidades relacionadas con el servicio total o que murieron como resultado de discapacidades relacionadas con el servicio.

Prioridad de servicio significa que aquellos Veteranos y cónyuges elegibles, que cumplan con todos los requisitos de elegibilidad para un programa o servicio, deben recibir acceso a ese programa o servicio antes de tiempo o en lugar de personas que no son elegibles para prioridad de servicio.

Formulario de clasificación de veteranos

"Este formulario se utiliza para determinar su elegibilidad para servicios adicionales y está destinado únicamente a dar prioridad a Los veteranos elegibles y cónyuges o personas elegibles que cumplan ciertos criterios. Esta información se solicita de forma voluntaria y se mantendrá confidencial. La negativa a proporcionar la información no se someterá a ninguna consecuencia adversa “.

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Si no marcó una casilla de referencia y desea ser contactado por el personal de Desarrollo Económico y de la Fuerza Laboral, llame al (970) 498-6600.