Junta de salud
Agenda de la reunión / Minutas / Grabaciones Comentario público
Proclamaciones y Resoluciones Biografías de los miembros de la junta
La Junta de Salud es la junta directiva y de políticas de salud pública del Departamento de Salud y Medio Ambiente del Condado de Larimer. Sus deberes incluyen administrar y hacer cumplir las leyes y regulaciones estatales de salud pública, desarrollar regulaciones locales de salud en ciertas áreas donde se les ha otorgado autoridad legal, aceptar dinero a través de subvenciones, contratos, ingresos fiscales y tarifas y determinar cómo se gastarán estos fondos, establecer tarifas apropiadas para los servicios, nombrar al funcionario de salud pública, escuchar las apelaciones de las decisiones del departamento y emitir órdenes de salud pública.
Poderes y deberes de la Junta de Salud:
- Proporcionar, equipar y mantener oficinas adecuadas y todas las instalaciones necesarias para la administración y operación adecuadas del departamento de salud pública. *
- Para determinar las políticas generales que debe seguir el funcionario de salud pública al administrar y hacer cumplir las leyes de salud pública, las órdenes, las normas y los reglamentos de la junta, y las órdenes, las normas y los reglamentos de la Junta de Salud del estado. *
- Actuar como asesor del funcionario de salud pública en todos los asuntos relacionados con la salud pública. *
- Emitir tales órdenes y adoptar tales reglas y regulaciones que no sean inconsistentes con las leyes de salud pública de este estado ni con las órdenes, reglas y regulaciones de la Junta de Salud del estado, según la junta lo considere necesario para el ejercicio adecuado de los poderes. y deberes establecidos o impuestos a un departamento de salud del condado o Junta de Salud por este artículo. *
- Para celebrar audiencias, administrar juramentos, citar testigos y dar testimonio en todos los asuntos relacionados con el ejercicio y el desempeño de los poderes y deberes conferidos o impuestos a la Junta de Salud del condado o distrito. *
- Aceptar, y a través del funcionario de salud pública, usar, desembolsar y administrar toda la ayuda federal, ayuda estatal u otra propiedad, servicios o dinero asignado al departamento de salud del condado para funciones de salud pública local, o asignado sin la designación de una agencia específica. para propósitos que están dentro de las funciones del departamento de salud del condado, y para prescribir, por reglas y regulaciones que no sean inconsistentes con las leyes de este estado, las condiciones bajo las cuales dicha propiedad, servicios o dinero serán aceptados y administrados. La junta está facultada para hacer tales acuerdos, que no sean incompatibles con las leyes de este estado, las condiciones bajo las cuales dicha propiedad, servicios o dinero serán aceptados y administrados. La junta está facultada para hacer dichos acuerdos, que no sean incompatibles con las leyes de este estado, según se requiera como condición previa para recibir dichos fondos u otra asistencia. *
- Para establecer y prescribir, por regla y regulación, las condiciones bajo las cuales las tarifas por servicios de salud personal prestados por el departamento de salud local pueden ser aceptadas y administradas: dichas tarifas no deben exceder el costo real de prestar dicho servicio. Los servicios de atención médica domiciliaria personal pueden incluir, entre otros, atención médica domiciliaria, fisioterapia y terapia del habla, servicios ortopédicos y dentales para niños y otros servicios de atención médica domiciliaria establecidos por la ley federal o estatal, excepto ninguna persona. se le denegarán los servicios de salud personal por no pagar dicha tarifa. *
- Establecer y nombrar, según lo considere necesario o aconsejable el consejo, comités asesores especiales para asesorar y consultar con el consejo sobre los aspectos de salud pública de cualquier negocio, profesión o industria dentro del estado. Todos los comités estarán sujetos a la determinación y selección de la junta y servirán a gusto de la junta. Cualquier comité así establecido y designado:
Acciones legales y revisión judicial:
- El fiscal del condado será el asesor legal del departamento y lo defenderá en todas las acciones y procedimientos iniciados en su contra.
- Cualquier persona perjudicada por una decisión de la junta o del funcionario de salud pública que actúe de conformidad con las disposiciones de este artículo, y afectada por ello, tendrá derecho a una revisión judicial mediante la presentación en el tribunal de distrito. *
Todos los elementos que tienen un * tienen una referencia específica a estos poderes en los Estatutos Revisados de Colorado.
Las reuniones se llevan a cabo el tercer jueves de cada mes de 3: 6-00: 8 pm en el Departamento de Salud y Medio Ambiente del Condado de Larimer, 00 Blue Spruce Dr, Fort Collins.
La hora, la fecha y el lugar de las reuniones están sujetos a cambios. Los cambios se anotarán en el agenda de la reunión publicado una semana antes de la reunión. Las reuniones están abiertas al público.
Miembros de la Junta Directiva
Nombre | Término Inicio | Término |
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bernardo birnbaum
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07/01/2021 |
06/30/2026 |
christy arbusto
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07/12/2022 |
06/30/2027 |
Brian del Grosso
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07/01/2019 |
06/30/2024 |
Tony J. Van Goor
Presidente de la Mesa Directiva |
01/05/2021 |
06/30/2025 |
vertedero de brezo
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07/11/2023 |
06/30/2028 |