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Proclamaciones y Resoluciones Biografías de los miembros de la junta

La Junta de Salud es la junta directiva y de políticas de salud pública del Departamento de Salud y Medio Ambiente del Condado de Larimer. Sus deberes incluyen administrar y hacer cumplir las leyes y regulaciones estatales de salud pública, desarrollar regulaciones locales de salud en ciertas áreas donde se les ha otorgado autoridad legal, aceptar dinero a través de subvenciones, contratos, ingresos fiscales y tarifas y determinar cómo se gastarán estos fondos, establecer tarifas apropiadas para los servicios, nombrar al funcionario de salud pública, escuchar las apelaciones de las decisiones del departamento y emitir órdenes de salud pública.

Poderes y deberes de la Junta de Salud:

  1. Proporcionar, equipar y mantener oficinas adecuadas y todas las instalaciones necesarias para la administración y operación adecuadas del departamento de salud pública. *
  2. Para determinar las políticas generales que debe seguir el funcionario de salud pública al administrar y hacer cumplir las leyes de salud pública, las órdenes, las normas y los reglamentos de la junta, y las órdenes, las normas y los reglamentos de la Junta de Salud del estado. *
  3. Actuar como asesor del funcionario de salud pública en todos los asuntos relacionados con la salud pública. *
  4. Emitir tales órdenes y adoptar tales reglas y regulaciones que no sean inconsistentes con las leyes de salud pública de este estado ni con las órdenes, reglas y regulaciones de la Junta de Salud del estado, según la junta lo considere necesario para el ejercicio adecuado de los poderes. y deberes establecidos o impuestos a un departamento de salud del condado o Junta de Salud por este artículo. *
  5. Para celebrar audiencias, administrar juramentos, citar testigos y dar testimonio en todos los asuntos relacionados con el ejercicio y el desempeño de los poderes y deberes conferidos o impuestos a la Junta de Salud del condado o distrito. *
  6. Aceptar, y a través del funcionario de salud pública, usar, desembolsar y administrar toda la ayuda federal, ayuda estatal u otra propiedad, servicios o dinero asignado al departamento de salud del condado para funciones de salud pública local, o asignado sin la designación de una agencia específica. para propósitos que están dentro de las funciones del departamento de salud del condado, y para prescribir, por reglas y regulaciones que no sean inconsistentes con las leyes de este estado, las condiciones bajo las cuales dicha propiedad, servicios o dinero serán aceptados y administrados. La junta está facultada para hacer tales acuerdos, que no sean incompatibles con las leyes de este estado, las condiciones bajo las cuales dicha propiedad, servicios o dinero serán aceptados y administrados. La junta está facultada para hacer dichos acuerdos, que no sean incompatibles con las leyes de este estado, según se requiera como condición previa para recibir dichos fondos u otra asistencia. *
  7. Para establecer y prescribir, por regla y regulación, las condiciones bajo las cuales las tarifas por servicios de salud personal prestados por el departamento de salud local pueden ser aceptadas y administradas: dichas tarifas no deben exceder el costo real de prestar dicho servicio. Los servicios de atención médica domiciliaria personal pueden incluir, entre otros, atención médica domiciliaria, fisioterapia y terapia del habla, servicios ortopédicos y dentales para niños y otros servicios de atención médica domiciliaria establecidos por la ley federal o estatal, excepto ninguna persona. se le denegarán los servicios de salud personal por no pagar dicha tarifa. *
  8. Establecer y nombrar, según lo considere necesario o aconsejable el consejo, comités asesores especiales para asesorar y consultar con el consejo sobre los aspectos de salud pública de cualquier negocio, profesión o industria dentro del estado. Todos los comités estarán sujetos a la determinación y selección de la junta y servirán a gusto de la junta. Cualquier comité así establecido y designado:

Acciones legales y revisión judicial:

  1. El fiscal del condado será el asesor legal del departamento y lo defenderá en todas las acciones y procedimientos iniciados en su contra.
  2. Cualquier persona perjudicada por una decisión de la junta o del funcionario de salud pública que actúe de conformidad con las disposiciones de este artículo, y afectada por ello, tendrá derecho a una revisión judicial mediante la presentación en el tribunal de distrito. *
    Todos los elementos que tienen un * tienen una referencia específica a estos poderes en los Estatutos Revisados ​​de Colorado.
Número de miembros: 
5
Duración del plazo: 
5 Años
Tipo de organización: 
Miembros de la Mesa Directiva
Compromiso de Tiempo: 
2-3 horas por mes
Estatutos de la Junta: 
Cumple: 

Las reuniones se llevan a cabo el tercer jueves de cada mes de 3: 6-00: 8 pm en el Departamento de Salud y Medio Ambiente del Condado de Larimer, 00 Blue Spruce Dr, Fort Collins.

La hora, la fecha y el lugar de las reuniones están sujetos a cambios. Los cambios se anotarán en el agenda de la reunión publicado una semana antes de la reuniónLas reuniones están abiertas al público.

Miembros de la Junta Directiva

Nombre Término Inicio Término
bernardo birnbaum
07/01/2021
06/30/2026
christy arbusto
07/12/2022
06/30/2027
Brian del Grosso
07/01/2019
06/30/2024
Tony J. Van Goor
Presidente de la Mesa Directiva
01/05/2021
06/30/2025
vertedero de brezo
07/11/2023
06/30/2028
Comisionado de Enlace: 
Enlace de personal: 
Contacto administrativo: