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La FMLA es una ley federal que otorga a los empleados elegibles hasta doce (12) semanas de licencia sin goce de sueldo y con protección laboral por motivos familiares y médicos, incluidas las exigencias de calificación que surgen cuando se llama al cónyuge, hijo, hija o padre de un empleado. al deber. La FMLA también proporciona a los empleados elegibles hasta 26 semanas de licencia en un solo período de 12 meses para cuidar a un miembro del servicio cubierto con una condición de salud o enfermedad grave cuando el empleado es el cónyuge, hijo, hija, padre o madre del miembro del servicio. o parientes más cercanos. 

Mientras está de baja bajo la FMLA, el empleado continúa cubierto bajo cualquier cobertura de seguro médico grupal y se garantiza que será reincorporado a la misma posición o equivalente al finalizar la baja.

Los eventos que califican para la FMLA son:

  • Adopción o cuidado de crianza del niño (dentro del año de la colocación)
  • Asistencia al nacimiento de un niño
  • Cuidado de un niño después del nacimiento (dentro del año de nacimiento)
  • Condición de salud grave (SHC) del empleado
  • SHC de cónyuge, unión civil / pareja doméstica *, hijo ** o padre
  • En el trabajo Lesiones
  • Licencia Militar / Cuidador Militar

 

* La Legislatura de Colorado aprobó la Ley de Cuidado de la Familia de Colorado en 2013. Esta ley estatal reconoce la licencia “FMLA” para parejas del mismo sexo registradas en el estado en una unión civil, o con municipios en CO que ofrecían registros de parejas domésticas. A pesar de que la OC reconoce formalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, algunas parejas han permanecido en su estado de unión civil / pareja de hecho. Por lo tanto, tienen el derecho legal de irse según los estatutos estatales. Tenga en cuenta que esta no es una licencia FMLA, pero funciona de la misma manera. Si tiene un empleado que requiere una licencia por una pareja del mismo sexo, comuníquese con Recursos Humanos y lo ayudaremos a través de este proceso.

** El niño calificado debe ser menor de 18 años o "incapaz de cuidarse a sí mismo" debido a una discapacidad física o mental al momento de la licencia si es un niño adulto.

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