HR

La semana laboral estándar del condado es de jueves a las 12:00 a. m. hasta miércoles a las 11:59 p. m. Todos los departamentos y oficinas del condado deben usar la semana laboral estándar para todos los empleados, a menos que la Junta de Comisionados del Condado los exima específicamente. Actualmente, la única excepción es para aquellos empleados que están cubiertos por ciclos de trabajo de 28 días.

Se conceden descansos retribuidos de 15 minutos por cada 4 horas de trabajo. Los descansos pagados son una situación de "úsalo o piérdelo". Los descansos pagados no se pueden tomar al principio o al final de un turno. Los descansos pagados no se pueden combinar con un período de almuerzo o en lugar de un período de almuerzo no remunerado.

Los empleados que trabajan más de cinco (5) horas por día tienen derecho a un almuerzo no remunerado por un mínimo de 30 minutos, cuando se aplica todo lo siguiente: el período es de al menos 30 minutos, el empleado debe estar completamente exento de todas las tareas y no debe realizar ninguna tarea durante este período, y es libre de abandonar el puesto de servicio. Si no se cumplen los tres criterios, el descanso se considerará "tiempo trabajado" y deberá pagarse.
 

A TRAVÉS DEL TIEMPO

Exento significa que el empleado no es elegible para pagos de horas extras. A los empleados exentos se les paga un salario para realizar sus funciones, independientemente de la cantidad de horas que tomen. Los empleados exentos no tienen derecho a compensación adicional o tiempo libre por "tiempo trabajado" más de 40 horas en una semana laboral determinada.

Los empleados no exentos son elegibles para pagos de horas extras a una tarifa de tiempo y medio después de que el empleado trabaje más de 40 horas en la semana laboral especificada. A los empleados no exentos se les debe pagar por todo el "tiempo trabajado". Cualquier empleado no exento que normalmente trabaje menos de 40 horas por semana no es elegible para pagos de horas extras a menos que trabaje más de 40 horas en una semana laboral.

Los empleados encargados de hacer cumplir la ley y los bomberos son elegibles según la ley federal para usar un período de trabajo más largo para el cálculo de horas extra que la semana laboral normal de 40 horas. A los empleados de la Oficina del Alguacil se les pagan horas extras de acuerdo con las disposiciones de las políticas del Alguacil y de conformidad con las leyes estatales y federales aplicables.

La licencia de vacaciones, licencia por enfermedad, licencia de emergencia, vacaciones y otras formas de licencia pagada o no pagada utilizadas no se consideran "tiempo trabajado" a los fines del cálculo de horas extras.
 

CONTROL DE MANEJO

Quienes toman las decisiones deben asegurarse de que las horas extraordinarias trabajadas se mantengan bajo un estricto control de gestión. Las horas extras se pueden trabajar solo con la aprobación previa del tomador de decisiones o la persona designada o de conformidad con las políticas del tomador de decisiones.

Los empleados no exentos también tienen la responsabilidad de obtener la aprobación del supervisor antes de trabajar cualquier hora que exceda o esté fuera de su horario comercial normal.

Cualquier empleado no exento que trabaje horas extra no autorizadas recibirá un pago por las horas extra no autorizadas, pero puede estar sujeto a medidas disciplinarias.

 

ENLACES, DOCUMENTOS, FORMULARIOS

Política y procedimientos, 331.5, V. B

courthouse-offices

Departamento de Recursos Humanos

HORAS: Lunes a viernes, 8: 00am-4: 30pm

200 West Oak, Suite 3200, Fort Collins, CO 80521
Apartado postal 1190, Fort Collins, CO 80522
TELÉFONO: (970) 498-5970 | FAX: (970) 498-5980
Recursos humanos por correo electrónico
Equipo de beneficios de correo electrónico