Esta información explicará el proceso y los requisitos utilizados para cambiar el nombre de un propietario existente en su Certificado de título.

Dependiendo de su situación, deberá proporcionar la documentación que se detalla a continuación:

  1. Decreto de divorcio, certificado de matrimonio u orden judicial que legalice el cambio de nombre.
  2. Imprima y firme el nombre anterior en el área del Vendedor e imprima el nuevo nombre en el área del Comprador. (Ejemplo a continuación)
  3. Las citas están disponibles en larimer.org/bookatime.
  4. El título firmado, los documentos de respaldo y identificación del propietario será requerido.
  5. Esté preparado para pagar la tarifa del título de $ 7.20.

Las versiones anteriores o los títulos de otros estados tienen formatos diferentes y pueden variar de lo que se muestra a continuación. Si no está seguro de cómo completar la asignación del título, comuníquese con nuestra oficina para obtener orientación. Los errores cometidos en este documento pueden causar retrasos prolongados y, en algunas situaciones, es posible que se requiera un título duplicado.

 

Imagen del título

 

 

Orden judicial que otorga un vehículo
Cuando un título es de copropiedad a nombre de una pareja casada y ha habido un divorcio, el copropietario al que no se le otorgó el vehículo debe ceder su interés al otro copropietario. Solo se requiere la firma del propietario que indique su interés, siempre que el nombre del otro propietario conjunto siga siendo el mismo y no se agreguen propietarios adicionales al nuevo título. La orden judicial debe describir el vehículo por año, marca, VIN. Se acepta una copia.

Orden judicial de desinversión de intereses en un vehículo
Cuando el decreto de divorcio establece explícitamente que un propietario recibe el vehículo, no se requiere la firma de la persona a la que no se le otorgó el vehículo. La sentencia de divorcio debe describir el vehículo por año, marca, VIN y acompañar el título de la solicitud. Se acepta una copia de la sentencia de divorcio.

Orden judicial que autoriza al secretario judicial en un divorcio
Cuando uno de los propietarios no está disponible o se niega a firmar el título, el tribunal puede autorizar al secretario del tribunal a firmar o otorgar un poder para transferir el título. La orden judicial debe describir el vehículo por año, marca, VIN. Se acepta una copia de la orden judicial.

Orden judicial directa en caso de divorcio
El tribunal puede emitir una orden directa que indique al estado de Colorado que emita un título a una de las partes.

NOTA: Las órdenes judiciales deben describir el vehículo por año, marca y VIN, y acompañar la solicitud del título. Se acepta una copia.

  1. Traiga el título, el documento de orden judicial correspondiente y la identificación del propietario (seguro y verificable) o un poder notarial designado completado y notariado Formulario DR2175 a una de las oficinas del condado de Larimer.
  2. Las citas están disponibles en larimer.org/bookatime.
  3. Esté preparado para pagar la tarifa del título de $ 7.20.