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Por recomendación del alguacil del condado de Larimer, la Junta de Comisionados del condado de Larimer en su reunión regular de asuntos administrativos votó hoy 2-0 para ampliar las restricciones de incendios actualmente vigentes en el condado de Larimer no incorporado.

Las restricciones se han extendido debido a que el peligro de incendios forestales, forestales y de pasto es alto debido a temperaturas superiores a lo normal, rayos y condiciones ventosas y secas.

A partir del 12 de julio de 01 a las 29:2022 p. extendido y permanecerá vigente hasta las 12:01 p. m. del 29 de agosto de 2022. También están vigentes las restricciones sobre el uso de fuegos artificiales, dispositivos combustibles, exhibiciones públicas de fuegos artificiales y dispositivos incendiarios. Esto no es una prohibición de incendios.

 

Restringido hoy:

 

  • Fogatas abiertas, incluidas fogatas para acampar o para cocinar
  • No se permite fumar al aire libre, incluso en senderos, parques y espacios abiertos.
  • Fuegos artificiales o exhibiciones de fuegos artificiales.
  • Dispositivos incendiarios, incluidos faroles, munición explosiva, objetivos explosivos y munición trazadora.
  • Soldadura

     

No restringido:

 

  • Contiene fuegos abiertos en mampostería estacionaria construida permanentemente o chimeneas metálicas diseñadas específicamente para el propósito de la combustión.
  • Los fuegos alimentados con gas o líquido alimentados con gas embotellado o líquido presurizado incluirán, entre otros, calentadores portátiles, estufas para cocinar, estufas para calentar, estufas para caminar/acampar, parrillas, fogatas, chimeneas, etc.
  • El uso de un motor de combustión interna o externa con un dispositivo parachispas correctamente instalado, mantenido y en buen estado de funcionamiento y que cumpla con las normas publicadas.
  • Chimeneas o estufas de leña ubicadas dentro de estructuras permanentes.
  • Incendios en parrillas comerciales de leña y/o carbón diseñadas para cocinar.
  • Parrillas a carbón cuando se usan en una residencia privada y en una ubicación sobre una superficie no combustible de al menos diez pies de diámetro.
  • Soldadura y otros trabajos con soplete dentro de un edificio cerrado.
  • La soldadura al aire libre y otros trabajos de antorcha siempre que:
    • El área donde se va a realizar la soldadura u otro trabajo con soplete está libre de vegetación por lo menos treinta pies en todas las direcciones.
    • La velocidad del viento es inferior a 10 mph.
    • Hay suficiente agente extintor de incendios inmediatamente disponible para extinguir cualquier incendio que pueda iniciarse.
  • Incendios en quemadores de cortina de aire.
  • Espectáculo público de fuegos artificiales aprobado por el Departamento de Bomberos o el Distrito de Bomberos correspondiente.

 

El Sheriff puede otorgar exenciones limitadas de estas restricciones en función de su aprobación previa e inspección.

 

Cualquier persona que a sabiendas viole las restricciones puede ser multada. La Ordenanza para la regulación de la quema a cielo abierto en el condado de Larimer no incorporado se puede encontrar haciendo clic aquí: https://www.larimer.gov/sites/default/files/ordinance_concerning_the_restriction_of_open_fires_-_2022_final_04262022.pdf

Publicado el: 
Martes, junio 28, 2022 - 10: 53am
Datos de contacto:

Junta de Comisionados del Condado, [970] 498-7010, bocc@larimer.org; Justin Whitesell, Director de Operaciones de Emergencia, Oficina del Sheriff del Condado de Larimer, [970] 498-5310, whitesjl@co.larimer.co.us

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