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  • Imagen 1: Vínculos / Entrégate

Ya sea que se entregue por una orden judicial o ayude a alguien con la fianza, nuestra página web está aquí para guiarlo a través del proceso. Comprender los pasos involucrados puede aliviar el estrés de navegar estos asuntos legales. Desde entregarse hasta vincular a alguien, puede encontrar la información que necesita para una transición más fluida. 

Entregarse

Cuando planee entregar una orden o sentencia activa, puede ayudar a garantizar un proceso sin problemas al seguir los siguientes consejos:

  1. Llegar a la cárcel sin sustancias
  2. Traiga una identificación emitida por el gobierno
  3. Lleve todos los documentos judiciales aplicables.
  4. Traiga efectivo para fianza o comisaria
  5. Traiga anteojos o lentes de contacto
  6. Minimice todos los demás elementos de propiedad.
  7. Libros externos y dispositivos electrónicos no están permitidos
  8. No traiga comida del exterior ni otros artículos personales.
  9. No se permiten tabaco, cigarrillos electrónicos, encendedores ni cuchillos de ningún tamaño y serán destruidos.

Bonos

Los bonos se pueden depositar las 24 horas del día. Para saber qué tipo de vínculo tiene el recluso, puede buscarlos aquí.

Se puede aceptar efectivo en línea, por teléfono (1-866-232-1899) o en el quiosco del vestíbulo de la cárcel.  Para fines de vinculación, tenga en cuenta que debe seleccionar "autoliberación" en la configuración de la cuenta. El personal de la cárcel no acepta efectivo, pero sí cheques de caja o giros postales. Los cheques o giros postales deben extenderse a nombre del "Secretario del tribunal", "Secretario del tribunal" o "Condado de Larimer", no deben extenderse a nombre del recluso. Si está en el quiosco del vestíbulo de la cárcel, nuestro número de localización de instalaciones penitenciarias es 280525.

      Preguntas Frecuentes

        • Relaciones públicas / Reconocimiento personal - Valor monetario asociado a la firma del demandado. No se requiere dinero a menos que el acusado no comparezca ante el tribunal, entonces puede ser responsable del monto de la fianza.
        • PR-Cofirmante / PR-Fiador - Valor monetario asociado con la firma de un codeudor. No se requiere dinero a menos que el demandado no comparezca ante el tribunal, en cuyo caso el codeudor puede ser responsable del monto de la fianza.
        • Efectivo / Efectivo-Fianza - Monto total de la fianza pagado en su totalidad en efectivo, cheque de caja o tarjeta de crédito. Dinero devuelto al demandado o la fianza, si figura en la fianza. Si el acusado no comparece ante el tribunal, el dinero se perderá en el tribunal.
        • Fianza de seguridad - Fianza pagada a través de un agente autorizado de fianzas. Hay una tarifa no reembolsable (generalmente 10-15%) pagada al agente de fianzas.
        • Fianza de propiedad - El bono está ligado a bienes raíces. Las fianzas solo se pueden depositar en la oficina del secretario del tribunal. Estos bonos no se establecen comúnmente.