Si tiene dificultades para pagar los impuestos sobre su propiedad personal, llame o envíe un correo electrónico a nuestra oficina al (970) 498-7020 o lctreasurer@larimer.org para analizar las opciones del plan de pago. 

La propiedad personal se conoce generalmente como artículos portátiles o móviles que se utilizan para la producción de ingresos. Ejemplos serían muebles de oficina, equipos de negocios, equipos y accesorios de restaurantes, y cualquier otro artículo utilizado para operar un negocio. Todos los bienes personales están sujetos a impuestos a menos que estén específicamente exentos por ley. 

Las exenciones incluyen, pero no se limitan a: inventarios para reventa, materiales y suministros consumidos, equipos agrícolas utilizados en la finca o rancho para producir productos agrícolas, productos agrícolas y ganaderos, y ganado. A excepción de la valoración de servicios públicos, la propiedad personal intangible, un derecho en lugar de un objeto físico, también está exenta de impuestos sobre la propiedad en Colorado. Ejemplos de propiedad personal intangible son: marcas registradas, patentes, derechos de autor, acciones y bonos.

El proyecto de ley de la Cámara de Representantes de Colorado 21-1312 se aprobó en 2021 y aumentó significativamente la exención de propiedad personal.  A partir de la lista de impuestos de 2021, la exención se aumentó de $7,900 o menos a $50,000 o menos en valor real total con ajustes posteriores por inflación. Para el año fiscal 2023, el monto de la exención es de $52,000. Si usted es una de las 2500 empresas cuyo valor real está por debajo del valor de exención, NO recibirá una declaración de impuestos. Si tiene preguntas sobre su valor, llame a la oficina del tasador al (970) 498-7050 o visite su página de propiedad personal.

Preguntas Frecuentes

  1. La Asesor del condado determina el valor real de la propiedad personal. Por ley, se debe presentar anualmente un Anexo de Declaración ante el Tasador. Si no presenta la solicitud antes del 15 de abril, se le aplicará una multa del 15 % o de $50.00, lo que sea menor. No hacer una divulgación completa de los bienes personales resultará en una multa adicional del 25% del valor de los bienes no divulgados. Los bienes muebles con un valor real inferior a $52,000.00 no se incluirán en la lista de impuestos. Comuníquese con el Tasador al (970) 498-7050 o visite el sitio del Tasador en https://www.larimer.gov/assessor/business-personal-property para obtener más información.

  2. Los impuestos se evalúan a partir del 1 de enero para todo el año. Por lo tanto, los impuestos para el año fiscal completo vencen inmediatamente después del cierre de una empresa. Para evitar sanciones sustanciales y la emisión de una orden de restricción, notifique a la oficina del tesorero antes de retirar cualquier equipo del negocio. 

    Según el Estatuto revisado de Colorado 39-10-113: (1) (a) Si en algún momento después de que se haya fijado el gravamen de los impuestos generales, el Tesorero cree, por cualquier motivo, que cualquier propiedad personal sujeta a impuestos puede ser removida del Condado o Estado de Colorado o puedan ser disipados o distribuidos, de modo que los impuestos a gravar por el año en curso no sean cobrables, podrán proceder de inmediato al cobro de dichos impuestos y, si lo estiman necesario, podrán embargar, embargar y vender tales bienes muebles para hacer cumplir recopilación. Previa solicitud, el Tasador les certificará el avalúo para tasación de dichos bienes muebles para el año en curso. Si no se ha fijado y realizado el gravamen del año en curso, se utilizará el gravamen del año anterior para determinar el monto de los impuestos adeudados.

  3. No se deben pagar impuestos en el momento de la transferencia de propiedad. Los impuestos sobre la propiedad personal se pueden recaudar por adelantado, aunque esto no es obligatorio. Comuníquese con la Oficina del Tesorero al (970) 498-7020, o por correo electrónico para obtener una estimación de los impuestos del año en curso según la valoración certificada por el Tasador.