HR

Empleados Regulares

Estado de empleo Acumulaciones quincenales Acumulaciones anuales
20-29 horas por semana 2.50 horas 65 horas
30-39 horas por semana 3.50 horas 91 horas
40 horas por semana 4.00 horas 104 horas
  • Los empleados deben estar en estado pagado durante al menos la mitad de sus horas de trabajo programadas regularmente en un período de pago o en FMLA durante al menos la mitad de un período de pago para acumular licencia por enfermedad.
  • Los Empleados Beneficiados recién contratados comenzarán a acumular licencia por enfermedad con el primer período de pago completo de empleo.
  • No existe un límite máximo de acumulación para los saldos de licencia por enfermedad.
  • Desembolso de licencia por enfermedad acumulada en la separación: 
    • Tras la separación con menos de cinco (5) años de servicio continuo medido a partir de la fecha de servicio actual del empleado, se pierde el saldo acumulado de licencia por enfermedad del empleado. 
    • Tras la separación con cinco (5) o más años de servicio continuo medido a partir de la fecha de servicio actual del empleado, los empleados reciben el valor monetario de una cierta porción de su licencia por enfermedad acumulada de la siguiente manera:
      • Los empleados con cinco (5) o más años de servicio continuo, medidos a partir de la fecha de servicio actual del empleado, tendrán el valor monetario del 35% del número de horas restantes en su saldo acumulado de licencia por enfermedad depositado en una cuenta de reembolso de salud posterior al empleo (HRA)  
      • Los empleados con 10 o más años de servicio continuo tendrán el valor monetario del 50% del número de horas restantes en su saldo acumulado de licencia por enfermedad depositado en una cuenta de reembolso de salud (HRA) posterior al empleo.
      • Excepción: si el valor monetario del porcentaje aplicable de la cantidad de horas restantes en el saldo acumulado de licencia por enfermedad es $ 2,500 o menos, el empleado recibirá un pago en efectivo.
      • Consulte la política para conocer las excepciones relacionadas con veteranos discapacitados, muerte de un empleado y funcionarios electos.

Empleados temporales

  • A partir del 1/1/21, los empleados temporales reciben una licencia por enfermedad de 1 hora por cada 30 horas trabajadas, hasta un máximo de 48 horas por año (esto se calcula en .0334 horas de licencia por enfermedad por hora trabajada).
  • Esto no se paga al momento de la terminación, pero si un empleado regresa dentro de los 6 meses, se restablecen las horas de licencia.
  • Si un empleado pasa de un puesto temporal a uno regular, cualquier hora de enfermedad temporal acumulada se transferirá al banco de licencia por enfermedad regular del empleado.

Para obtener más información sobre la licencia por enfermedad, consulte:

courthouse-offices

Departamento de Recursos Humanos

HORAS: Lunes a viernes, 8: 00am-4: 30pm

200 West Oak, Suite 3200, Fort Collins, CO 80521
Apartado postal 1190, Fort Collins, CO 80522
TELÉFONO: (970) 498-5970 | FAX: (970) 498-5980
Recursos humanos por correo electrónico
Equipo de beneficios de correo electrónico