La ley de Colorado describe cómo se puede distribuir una petición. Proyecto de ley de la Casa de Representantes 09-1326, promulgada el 15 de mayo de 2009, establece requisitos adicionales para los circuladores de peticiones.

Hay dos formas de colocar un problema en la boleta:

  1. Una autoridad, como la junta de comisionados del condado, puede incluir un problema en la boleta.
  2. Las personas pueden incluir un problema en la boleta mediante la presentación de una petición. La forma de la petición y el método de recolección de firmas se rigen por la ley de Colorado. No se puede incluir un asunto en la boleta mediante petición si no se cumplen esos requisitos legales. Busque asesoría legal al considerar iniciativas de petición.

"Los procedimientos para colocar un tema o pregunta en la boleta electoral mediante una petición de los electores de un condado que está de acuerdo con el estatuto o la constitución del estado o que una junta de comisionados del condado puede referirse a un voto de los electores de conformidad con el estatuto o el la constitución estatal deberá, en la medida en que dichos procedimientos no sean prescritos por estatuto, estatuto o constitución estatal, seguir lo más prácticamente posible los procedimientos para iniciativas municipales y medidas referidas según la parte 1 del artículo 11 del título 31, CRS El secretario del condado y el registrador resolverá cualquier pregunta sobre la aplicabilidad de los procedimientos en la parte 1 del artículo 11 del título 31, CRS "[30-11-103.5 CRS]

El texto completo de los estatutos de Colorado sobre peticiones está disponible en https://leg.colorado.gov/agencies/office-legislative-legal-services/colorado-revised-statutes. Las secciones relevantes están bajo los Estatutos Revisados ​​de Colorado, Título 31, Artículo 11.

El proceso de petición implica meses de preparación antes de la elección. La siguiente es una versión resumida de los pasos que uno puede esperar encontrar para colocar un problema en la boleta. Esto no sustituye el asesoramiento legal y el texto completo de la ley de Colorado.

  1. Redacte una petición siguiendo los requisitos del 31-11-106 CRS
  2. Presente una prueba de impresora del formulario de petición y el idioma al secretario y registrador del condado. El secretario y el registrador tienen cinco días hábiles para aprobar o rechazar la petición. [31-11-106 (1) CRS]
  3. Si se aprueba, la petición puede circular 180 días. Una petición debe ser firmada por al menos el 5% de los votantes registrados de la subdivisión política. [31-11-104 (1) CRS]
  4. Se archiva la petición firmada. El secretario y el registrador tienen 30 días para examinar las firmas y presentar una declaración de suficiencia o insuficiencia. [31-11-109 (3) CRS]
  5. Un retador tiene 40 días para protestar contra la petición (a partir de la fecha de presentación de la petición). [31-11-110 (1) CRS]
  6. Un oficial de audiencia tiene 10 días para celebrar una audiencia sobre la protesta. [31-11-110 (1) CRS]
Según la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), El condado de Larimer proporcionará adaptaciones razonables a las personas calificadas con una discapacidad que necesiten ayuda. Los servicios se pueden coordinar con un aviso de al menos siete días hábiles. Envíenos un correo electrónico a elecciones@larimer.gov o llamando al 970-498-7820 o al Relay Colorado 711. Las solicitudes de ayuda y servicios auxiliares "sin cita previa" se cumplirán en la medida de lo posible, pero es posible que no estén disponibles si no se proporciona un aviso previo.
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