La siguiente información es solo para bienes inmuebles. Ver Casa Manufacturada Impuestos y Propinas para obtener información fiscal relacionada con estas viviendas.

Se realiza un pago de redención al Tesorero por el monto de los impuestos atrasados, los intereses atrasados, las tarifas de publicidad y cualquier otro costo adicional incurrido durante el proceso de gravamen fiscal.

Solo se aceptarán pagos del propietario, su agente o cualquier otra persona que tenga un derecho legal o equitativo contra la propiedad en cualquier momento antes de la ejecución de una escritura de tesorería. Si se ha aceptado una solicitud para una escritura de tesorero, se deben pagar $400.00 adicionales al momento del rescate.

(Véase Escritura del tesorero para obtener información adicional sobre el proceso de escritura).

Todos los pagos de redención deben hacerse en efectivo o fondos certificados.

El interés se calcula mensualmente, por lo tanto, el monto adeudado cambia mensualmente. Los matasellos no son aceptables para pagos morosos de propiedad que tienen un gravamen fiscal.

Al momento del pago, el Tesorero emitirá un Certificado de Redención. El Certificado incluye la descripción legal del terreno redimido, la fecha de redención, el monto pagado y quién recibió el pago de la redención.

El certificado se enviará por correo a la parte que realiza el pago después de que se haya registrado en la Oficina del Secretario y Registrador, lo que generalmente demora aproximadamente un mes.